

Alcaldía de Cartagena de Indias, foto de El Tiempo
El alcalde de Cartagena, Sergio Londoño Zurek, izó la bandera del orgullo gay junto con las banderas de Colombia y Cartagena en la fachada del edificio de la alcaldía, con motivo de las festividades novembrinas. Su objetivo “busca incentivar la tolerancia y el respeto por la diversidad”.
Parece que el señor alcalde desconoce la Ley 198 de 1995 que dice:
Art. 1º “Ordénese la izada de la bandera nacional y la colocación del escudo nacional, de manera permanente y en todo el territorio nacional a la entrada principal de los edificios donde funcionen entidades públicas nacionales, departamentales, distritales o municipales…”
A lo anterior agrego:
- La alcaldía es el lugar donde se administra la ciudad por parte del alcalde y sus secretarios.
- La bandera es una insignia, generalmente de tela, emblema de la patria, región o ciudad.
- Las banderas transmiten información, mandan mensajes a la comunidad, o a los ciudadanos.
- En los edificios públicos solo deben izarse las banderas territoriales aprobadas por leyes, acuerdos, ordenanzas, resoluciones. En ningún caso es lugar para izar banderas de grupos o comunidades o de marcas comerciales.
- La bandera de Cartagena de Indias simboliza toda la ciudad. Es incluyente. Representa a todos los ciudadanos.
- El izar la bandera de un grupo o comunidad en un sitio como una alcaldía, resulta excluyente.
En consecuencia de lo anterior:
- ¿Qué pasa, entonces, con los demás grupos vulnerables? ¿El alcalde les va a izar la bandera a cada uno?
- Al alcalde de Cartagena le hace falta una verdadera estrategia de comunicaciones que logre el objetivo de incentivar la tolerancia y el respeto por la diversidad.