De acuerdo con la Constitución de 1991, artículo I, Colombia
“es un Estado social de derecho, organizado en forma de República
unitaria…” Es decir, no es un país monárquico.
“es un Estado social de derecho, organizado en forma de República
unitaria…” Es decir, no es un país monárquico.
Por citar un país con monarquía, me referiré a España, cuyo artículo 3 de la Constitución Nacional dice: “La forma política del Estado español es la
Monarquía parlamentaria.
Monarquía parlamentaria.
La Precedencia general protocolaria de Colombia, conforme al Decreto 770 de 1982 es como sigue:
1. Presidente de la República
2. Vicepresidente de la República
2. Cardenal Primado
3. Expresidentes de la República
4. Designado a la Presidencia
No aparecen las esposas ni los hijos ¿verdad? No tienen por qué.
España. La precedencia de autoridades en los actos
oficiales de carácter general organizados por la Corona, el Gobierno o
la Administración del Estado, de acuerdo con el Real Decreto 2099/1983, de 4 de agosto es:
oficiales de carácter general organizados por la Corona, el Gobierno o
la Administración del Estado, de acuerdo con el Real Decreto 2099/1983, de 4 de agosto es:
1. Rey o Reina.
2. Reina consorte o Consorte de la Reina.
3. Príncipe o Princesa de Asturias.
4. Infantes de España.
5. Presidente del Gobierno.
Ostentan un título nobiliario. Son.
Ustedes concluyan.