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“Instrumental” y “antibióticos” |
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“Asepsia” |
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Práctica de la ablación |
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Modelo Somalí Waris Dirie |
La ablación es un ritual que se practica por creencias religiosas o culturales. Consiste en la mutilación de los genitales externos femeninos a las niñas cuando les viene su período mestrual; aunque ahora se hace en bebés para evitar que los practicantes sean descubiertos. Por lo general, la niña es sostenida por tres mujeres, entre ellas su madre y una cuarta procede a la “cirugía” con cuchillas de afeitar o con un cuchillo que ha pasado por otras mil operaciones, además de unas manos y unas condiciones nada limpias. La hemorragia y la posible infección se curan con ceniza, entre otros ingredientes similares. Muchas niñas mueren por alguna de las dos causas. La ablación se lleva a cabo por pretensiones de virtud en la mujer, para que no sienta placer, para que llegue virgen al matrimonio.
Esta tradición constituye un grave ataque a la integridad física y moral del ser humano, una violación a los derechos de las mujeres y las niñas y de sumo perjuicio para su salud. Unas 140 millones de mujeres en todo el mundo han padecido la ablación. La modelo somalí Waris Dirie sufrió esta mutilación a los cinco años de edad; hoy en día es embajadora de la ONU contra la ablación femenina. Desde 2003, el 6 de febrero es el Día Mundial de Tolerancia Cero contra la Mutilación Genital Femenina.
No se tiene conocimiento de cuándo y cómo comenzó esta práctica, pero se supone que tuvo su origen en Egipto hace unos 4.000 años y luego se fue extendiendo por otras sociedades africanas. En Colombia, la tribu de los embera-chamí, la practica.
Si Dios creó al hombre y la mujer a su imagen y semejanza, por qué habría de recurrir a cortar alguna de sus partes de manera obligada. Por qué no acudir a la enseñanza de principios virtuosos sobre la castidad, por ejemplo.
Así sucede con infinidad de conceptos que se practican por tradición y costumbre, solo porque alguien o un grupo lo determinó, pero que no están contemplados en ningún libro sagrado: adoración de imágenes…
Al respecto, dice el autor Bénédicte LUCAS, Doctorando en Estudios Avanzados en Derechos Humanos en el Instituto Bartolomé de Las Casas de Universidad Carlos III de Madrid y en Antropología jurídica en la Universidad La Sorbonne-Paris I (Francia). benedicte_lucas@ymail.com:
En efecto, la A/MGF no corresponde a una cultura – entendida como proceso, expresión
de la vida humana, forma de comunicación y respuesta a unas necesidades básicas – sino
a una costumbre, es decir a la fijación de una norma.1 Ahora bien, ¿cómo se puede
valorar una costumbre? Desde el punto de vista filosófico-jurídico, el criterio de
apreciación más pertinente es la confrontación de esa costumbre con los derechos
humanos. Efectivamente esa “prueba de compatibilidad” es imprescindible en la medida
en que los derechos humanos se fundamentan en la dignidad humana. Ahora bien la
dignidad humana es lo que caracteriza al ser humano como persona, es la dimensión
moral de la personalidad del ser humano, dotado de racionalidad, lo que le hace libre y
autónomo.2 La dignidad humana es inherente a la condición humana, es la humanidad
del ser humano (Delmas-Marty, 2005: 90). Por consiguiente, debe ser protegida,
respetada y promovida, lo que implica que ninguna costumbre puede menoscabarla.
Ello no significa negar el derecho de cada ser humano a ser diferente, a tener una
identidad cultural distinta y a escoger valores distintos, sino poner un límite intangible a
la aceptación de ciertos valores y prácticas.