En el archivo aparece como “logo” y tiene el escudo nacional |
Bandera o tela blanca con el escudo de Colombia convertido en logo |
página inicial de la Web |
Backing en un evento en el que se ve el logo de la Procuraduría |
Photo call donde está el logo de la Procuraduría |
La Procuraduría General de la Nación utiliza el escudo de Colombia enmarcado en una mira. Es decir, alterado. Es como si a la bandera le agregáramos un borde verde, por ejemplo. A este escudo lo llama “logosímbolo”.
En el año 2009 elevé un Derecho de Petición al respecto cuya respuesta por parte del Jefe de la Oficina Jurídica de la Procuraduría dice “… mediante la Resolución No. 323 del 26 de octubre de 2001, se adoptó el Manual de Audiovisuales para la Procuraduría General de la Nación, la cual fue modificada por la Resolución No 254 del 12 de julio de 2003.”
MANUAL DE IDENTIDAD VISUAL
En una sociedad en la que factores como la globalización y el auge de la comunicación provocaron que la imagen se haya convertido en un referente de primer orden, las organizaciones incluyen entre sus prioridades la de dotarse de instrumentos que reafirmen su identidad y faciliten su identificación por parte de los ciudadanos. La Procuraduría General de la Nación no puede permanecer ajena a esta realidad.
Una nueva identificación visual corresponde necesariamente a un cambio de la realidad y de la propia cultura de la organización a la que representa.
El establecimiento de una imagen institucional lleva aparejadas además la normalizació y racionalización del material utilizado por la Entidad en su actuación, prestando especial atención a la necesidad de articular un modelo de actividad administrativa eficiente, ágil, transparente y respetuosa con los ciudadanos.
En este sentido, los documentos e impresos de la Procuraduría General de la Nación tienen especial importancia en cuanto que constituyen un importante instrumento en las relaciones entre los ciudadanos y la Entidad.
Desde su iicio como organismo de control, la Procuraduría General de la Nación no ha tenido un símbolo claro, con significado y objetivos que la identifiquen, por lo tanto y atendiendo los nuevos propósitos en que está empeñada esta administración, es necesario contar una verdadera imagen institucional, que refleje lo que la entidad representa a nivel interno y externo: su verticalidad, su transparencia, la rectitud de sus funcionarios, los objetivos y valores que posee la institución, el sentido, la ubicación y la dirección a seguir como primeros pasos a dar. Esto con el fin de mostrar una cara amable, real y de frente al Estado, al país y al mundo.
IMAGEN CORPORATIVA
En cada una de las normas dirigidas al reconocimiento visual de una empresa o institución.
Para el desarrollo de la imagen corporativa se crean necesidades básicas fundamentadas en los criterios de la organización, con el fin de establecer una imagen que sea identificada por lo que representa y transmite a través de
Una flecha que indica la ruta que sigue la entidad. Su norte.
Un grafismo. Una mira telescópica que significa vigilancia, protección y defensa.
El escudo patrio con los textos “República de Colombia y “Ministerio Público”, nuestro objetivo y nuestra razón de ser.
Estos elementos integrados muestran una institución que tiene un centro y de este parten todas las funciones que desempeña.
Nuestro centro es el Estado, sus intereses, su vigilancia, su protección y su defensa.
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2003)
medio de la cual se modifica la Resolución No.323 del 26 del octubre de
2001,
PROCURATOR GENERAL DE LA NACION
la Procuraduría General de la Nación, mediante Resolución No. 323 del 26 de
octubrede
2001, adopto el manual de identidad visual para la Entidad, en el cual se
dispuso el uso
obligatorio del logosímbolo institucional y el empleo de una
tipografía y marginación, allídefinida,
en todos y cada uno de los documentos que se produzcan en las
diferentesdependencias
de la Entidad, ya sean estas de orden interno o externo.
por razones de conveniencia institucional y teniendo en cuenta los múltiples
formatosgráficos
y de manejo geométrico-espacial que debe utilizar la Procuraduría General de
laNaci6n
en su papelería y demás piezas de comunicación, se hace necesario modificar
dichologosímbolo.
PRIMERO.-
Modificar el artículo primero de la Resolución 323 del 26 deoctubre
de 2001, en el sentido de expresar que el logosímbolo de la Procuraduría
Generalde
la Nación, es el siguiente:
SEGUNDO.- Para
todos los efectos a que haya lugar, las siguientes son
lasespecificaciones
geométricas del logosímbolo de que trata el artículo anterior:
LINEAL
Logo Total :
…
de letra utilizado para “GENERAL DE LA
NACIÓN”ARIAL
BLACK NEGRO a 11.732 pts
COMPLEMENTARIA
Fuente predeterminada ARIAL BLACK no este disponible, la fuente Futura
(Bold)
reemplazara la anterior
DE COLORES
MIRA TELESCOPICA Y LINEAJE
Azul
Azul 106 Y 0
K
34
PATRIO
esquema de color originalLOGOSIMBOLO
A BLANCO Y NEGRO
8 Bits de Color Escala de Grises a 256 colores
TRANSITORIO.- La
utilización del logosímbolo de que trata la presente resolución, tendrá carácter
obligatorio una vez se agoten las actuales existencias de papelería
membreteada.
TERCERO.- La
presente Resolución rige a partir de la fecha de suexpedici6n
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
en Bogotá D.C., a los 12 JUN
2003
JOSÉ MAYA VILLAZÓN
De la Nación
Vamos por partes:
1. Según
el artículo 12 del Decreto 1967 de 1991: “La bandera nacional con
escudo incorporado, solamente podrá ser usada por el Presidente de la
República y los Cuerpos Armados de la Nación, denominándose Bandera de Guerra para este caso. [1]
del escudo de Colombia y en ninguna parte contempla que se enmarque en
círculo alguno —excepto para la bandera de guerra que lo contempla el
Decreto 861 de 1924—
la faja inferior, representativa de la privilegiada situación
geográfica del país quedará como figura actualmente en nuestro Escudo.
El Escudo reposa sobre cuatro banderas divergentes de la base, de las
cuales las dos inferiores formarán un ángulo de noventa grados, y las
dos superiores irán separadas de las primeras en ángulos de quince
grados; éstas van recogidas hacia el vértice del Escudo. El Jefe del
Escudo está sostenido por una corona de laurel pendiente del pico de un
cóndor con las alas desplegadas que mira hacia la derecha. En una cinta
de oro asida al Escudo y entrelazada a la corona, va escrito en letras
negras mayúsculas, el lema Libertad y Orden.”[6]
2. La Procuraduría Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función
Pública ejerce las funciones y competencias establecidas en los
numerales 1, 2, 3, 4, 6, 10, 11, 12 y 13 del artículo 24 del Decreto
262 de 2000, en concordancia con el art. 18 de la resolución 017 de
2000.
• Velar por el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y
legales, así como de las decisiones judiciales y administrativas.
• Velar por el ejercicio diligente y eficiente de las funciones
públicas y ejercer control de gestión sobre ellas, para lo cual podrán
exigir a los servidores públicos y a los particulares que cumplan
funciones públicas la información que se considere necesaria.
3. En el desarrollo del Manual de Identidad visual se ve claramente que se confunde una entidad del Estado con una empresa privada. Al escudo intervenido se le nombra como “logosímbolo”, término propio de las empresas privadas.
4. No hay necesidad de inventar un logosímbolo para dar imagen de “su
verticalidad, su transparencia, la rectitud de sus funcionarios, los
objetivos y valores que posee la institución, el sentido, la ubicación y
la dirección a seguir como primeros pasos a dar”. Con el solo hecho de ser una entidad del Estado, debe serlo.
5. Infortunadamente, el desconocimiento de la semiótica y el facilismo, hacen que los asesores jurídicos como el caso de la Procuraduría respondan como lo hizo el Jefe de la Oficina Jurídica, doctor Samuel Ricardo Perea.
6. La misma Procuraduría me contestó con facilismo al requerimiento que le hice por el uso de la bandera de guerra por parte del Presidente de la República. Y ahora que la Presidencia y la Casa Militar me han dado la razón ¿entonces?
7. La Procuraduría puede hacer lo que quiera con su manual de identidad: tipo de letra, tamaños… mediante una Resolución interna; pero JAMÁS, JAMÁS, puede estar por encima de una ley, como el el caso de la alteración del escudo de Colombia y su uso privativo del Presidente de la República y de las Fuerzas Militares, en las banderas, y el escudo, solo, en la papelería para asuntos oficiales.
8. En resumen, con que la Procuraduría use solo el Escudo, está bien. No necesita logosímbolos intervenidos por publicistas que necesitan justificar su trabajo más bien en la empresa privada.
2 comentarios. Dejar nuevo
Señor Procurador:
Admiro su valentía, tiene todo mi respaldo y el de los colombianos de bien. Sólo aquellos que no piensan en el país están acabando con él, son sus detractores, de hecho estamos en manos de corruptos. Que Dios lo bendiga y protega de esas alimañas que no son dignos de ser colombianos y deberían estar en otros países vecinos.
Un abrazo.
Gracias por utilizar mi blog aunque no veo la relación de mi artículo con su comentario.
"proteja"