Imagen 1. Escudo de la Policía. El escudo de Colombia sobre una estrella blanca y enmarcado en un círculo blanco bordeado de laureles.
Imagen 2. Bandera de la Policía, verde y blanco y sobre ella el escudo de la Policía; es decir el escudo de Colombia con todas las arandelas mencionadas en el punto 1.
Imagen 3. Página inicial de la Web donde se ve en la bandera el escudo de la Policía (¿logo?) y el escudo de Colombia, bordeado en círculo rojo (claro, lo que copian de la Presidencia).
Vamos a la norma:
el artículo 12 del Decreto 1967 de 1991: “La bandera nacional con
escudo incorporado, solamente podrá ser usada por el Presidente de la
República y los Cuerpos Armados de la Nación, denominándose Bandera de Guerra para este caso. [1]
del escudo de Colombia y en ninguna parte contempla que se enmarque en
círculo alguno —excepto para la bandera de guerra que lo contempla el
Decreto 861 de 1924—
la faja inferior, representativa de la privilegiada situación
geográfica del país quedará como figura actualmente en nuestro Escudo.
El Escudo reposa sobre cuatro banderas divergentes de la base, de las
cuales las dos inferiores formarán un ángulo de noventa grados, y las
dos superiores irán separadas de las primeras en ángulos de quince
grados; éstas van recogidas hacia el vértice del Escudo. El Jefe del
Escudo está sostenido por una corona de laurel pendiente del pico de un
cóndor con las alas desplegadas que mira hacia la derecha. En una cinta
de oro asida al Escudo y entrelazada a la corona, va escrito en letras
negras mayúsculas, el lema Libertad y Orden.”[6]
En resumen, así el escudo-logo de la Policía tenga muchos años de existencia, viola la ley:
1. Porque el escudo no está sobre una bandera de Colombia, sino sobre una tela verde y blanca como marca.
2. Porque no está con la forma propia para bandera de guerra.
3. Porque fuera de la bandera de guerra, solamente el Presidente puede usar el escudo.
Qué pena con la Policía, pero va a tener que tomar cartas en el asunto para que dé ejemplo de respeto a la ley.
Entradas recientes
Archivos
- noviembre 2026
- octubre 2026
- septiembre 2026
- agosto 2026
- julio 2026
- marzo 2020
- enero 2020
- noviembre 2019
- agosto 2019
- junio 2019
- abril 2019
- noviembre 2018
- octubre 2018
- agosto 2018
- mayo 2018
- marzo 2018
- febrero 2018
- diciembre 2017
- noviembre 2017
- octubre 2017
- septiembre 2017
- agosto 2017
- julio 2017
- mayo 2017
- abril 2017
- marzo 2017
- septiembre 2016
- agosto 2016
- abril 2016
- marzo 2016
- enero 2016
- diciembre 2015
- noviembre 2015
- octubre 2015
- septiembre 2015
- agosto 2015
- julio 2015
- mayo 2015
- diciembre 2014
- noviembre 2014
- septiembre 2014
- junio 2014
- mayo 2014
- abril 2014
- marzo 2014
- febrero 2014
- enero 2014
- diciembre 2013
- noviembre 2013
- octubre 2013
- septiembre 2013
- agosto 2013
- julio 2013
- junio 2013
- mayo 2013
- abril 2013
- marzo 2013
- febrero 2013
- enero 2013
- noviembre 2012
- octubre 2012
- septiembre 2012
- agosto 2012
- julio 2012
- junio 2012
- mayo 2012
- abril 2012
- marzo 2012
- febrero 2012
- enero 2012
- diciembre 2011
- noviembre 2011
- octubre 2011
- septiembre 2011
- agosto 2011
- julio 2011
- junio 2011
- mayo 2011
- enero 2011
- diciembre 2010
- noviembre 2010
- octubre 2010
- septiembre 2010
- agosto 2010
- junio 2010
- mayo 2010
- abril 2010
- marzo 2010
- febrero 2010
- enero 2010
- diciembre 2009
- noviembre 2009
- octubre 2009
- septiembre 2009
- agosto 2009
- julio 2009
- junio 2009
- mayo 2009
- abril 2009
- marzo 2009
- febrero 2009
- enero 2009
- diciembre 2008
- noviembre 2008
- octubre 2008
- septiembre 2008
- agosto 2008
- julio 2008
- junio 2008
- mayo 2008
- abril 2008
- marzo 2008
- febrero 2008
- diciembre 2007
- junio 2007





Comentarios recientes