Mis comentarios sobre las fotografías que encontré en algunos tuits relacionados con las celebraciones de los últimos días: Día del Héroe, la Nación y sus familias; Independencia Nacional; aniversario de la Armada Nacional; Día de la Caballería y Día de la Virgen del Carmen por parte de la Fuerza Pública de Colombia.
Hace falta un poco más de conocimiento sobre el uso de la bandera nacional desde la ley y desde la semiótica por el respeto a los símbolos patrios, por ética y por estética.
Cuando se lleva una bandera en esa forma, su color superior debe quedar a la derecha y no a la izquierda como se aprecia en la foto.
Si están colgadas, el color superior de una bandera debe lucir a la derecha y no a la izquierda como en esta fotografía.
¿Una tela con el tricolor nacional para forrar una tarima? Esa no es la función de una bandera. Cuestión de ponerle sentido común y respeto.
Es probable que la misma comunidad haya sido la organizadora del acto, pero los miembros de la Fuerza Pública y de Policía, presentes, deberían saber lo mínimo sobre uso de los símbolos patrios para evitar, por ejemplo, poner una bandera encima de una mesa, que no es el sitio.
No es la bandera en sí: es cuestión de estética.
¡!
Una cosa es utilizar los colores de una bandera para decorar y otra hacer un moño con ella misma. Se copia lo que se hace en otros países, pero no establecen la diferencia.
La medida de la bandera es proporcional (2 x 3), ésta es muy larga; de allí que se arrastre, incluso con ayudante. Además, la tarima forrada…
Repito: una cosa es decorar con telas de colores alusivos y otra con la misma tela que significa la bandera.
Celebración con una misa católica. Es decir, se aprovecha un medio de comunicación oficial como es Twitter para hacer propaganda de una determinada religión. Se desobedece el artículo 19 de la CN.
Así se utilicen otros términos como ceremonia religiosa para describir la foto en cada una de las páginas de Twitter de las diferentes Divisiones, es una propaganda religiosa católica de una institución colombiana en un medio de comunicación virtual. De acuerdo con el artículo 19 de la Constitución Nacional, Colombia es un país con libertad de cultos.
¿Podremos ver en fotografías, otras ceremonias religiosas llevadas a cabo de acuerdo con las diferentes religiones que profesen los miembros del Ejército colombiano? Esto, pues, de cara a la inclusión, a la igualdad…
Consagración de maquinaria del Estado a un símbolo religioso católico y publicado en una página oficial de la institución.
De nuevo, celebración religiosa católica publicada en medio de comunicación oficial del Ejército. Esto significa desobedecer la Constitución Nacional.
La misma bandera que boleó un ciudadano cartagenero en el acto de la firma del Acuerdo de Paz. Las intenciones del señor podrán ser muy patrióticas, pero así no es la bandera de Colombia; está alterada. Ninguna entidad del Estado, en este caso la Armada, debe permitir que este símbolo patrio con una franja de más, esté exhibido en ninguno de sus actos. Puede que la bandera no haya hecho parte del acto oficial, pero la dejaron ahí y la lectura que hacemos es de permisividad institucional.